El auxilio de transporte parece el tema más aburrido de la nómina colombiana: un valor fijo, una tabla, y listo. Pero es de los que más plata mueve por un motivo que casi nadie ve: no es salario, y basta con sumarlo al sueldo para que cada hora extra y cada recargo de esa persona empiecen a pagarse un 14,2% de más. Sin error visible en ninguna parte.
Cuánto es en 2026 y quién lo recibe
Para 2026 el Gobierno fijó estos dos valores por decreto:
| Concepto | Valor mensual | Norma |
|---|---|---|
| Salario mínimo | $1.750.905 | Decreto 1469 de 2025 |
| Auxilio de transporte | $249.095 | Decreto 1470 de 2025 |
| Suma de los dos | $2.000.000 |
Esa suma redonda no es casualidad: se anunció así a propósito. Y es justo el origen del problema que explica el resto de este artículo, porque dos millones se ve como una cifra normal de sueldo.
El auxilio lo recibe quien devengue hasta dos salarios mínimos, es decir hasta $3.501.810 al mes. Un peso por encima de esa cifra y no le corresponde. No es proporcional ni se reduce cerca del tope: o se recibe completo o no se recibe.
El auxilio existe desde la Ley 15 de 1959 y su finalidad es concreta: ayudar con el costo de ir y volver del trabajo. Todo lo que sigue se deduce de eso. Si no hubo desplazamiento, no hay auxilio; y como no retribuye el trabajo sino el traslado, no es salario.
Por qué no es salario
Esta es la parte que más se confunde, y conviene decirla sin rodeos: el auxilio de transporte no entra en la base para liquidar horas extra ni recargos. Tampoco en seguridad social ni en parafiscales.
El valor de la hora ordinaria sale de dividir el salario básico entre la jornada semanal multiplicada por cinco. Con la jornada de 42 horas vigente desde el 15 de julio de 2026, el divisor es 210. El auxilio no aparece en esa cuenta por ninguna parte.
Para alguien que gana el mínimo:
| Base usada | Cuenta | Valor de la hora |
|---|---|---|
| Correcta: solo el básico | 1.750.905 / 210 | $8.338 |
| Con el auxilio adentro | 2.000.000 / 210 | $9.524 |
Son $1.186 de diferencia por hora, un 14,2%. Y ese porcentaje no se queda ahí: se multiplica en todo lo que se pague por encima de la jornada.
El error que infla cada hora extra
Nadie suma el auxilio al salario por descuido. Casi siempre pasa por una razón razonable: el sistema de nómina, o la hoja de cálculo, tiene un solo campo de sueldo. Entonces quien lo llena se encuentra ante dos opciones y las dos están mal:
- No registrar el auxilio en ninguna parte, y que el reporte nunca muestre lo que la persona realmente recibe.
- Sumarlo al salario para que aparezca, y contaminar con él todos los cálculos que se derivan del sueldo.
La segunda es la que se elige casi siempre, porque el total cuadra con lo que se consigna. Y ahí es donde empieza a costar. Con la misma persona del ejemplo, trabajando seis horas extra diurnas a la semana:
| Con base correcta | Con el auxilio adentro | |
|---|---|---|
| Hora extra diurna (+25%) | $10.422 | $11.905 |
| 30 horas extra al mes | $312.662 | $357.143 |
| De más, al mes | $44.481 por persona | |
| De más, al año | $533.775 por persona | |
Con diez personas en ese esquema son más de cinco millones al año pagados de más, sin que nadie lo note, porque cada colilla individual se ve perfectamente normal. Y en domingos pesa todavía más: con el recargo del 90% vigente desde julio de 2026, la hora pasa de $15.842 a $18.095. Si quieres la cuenta paso a paso de cada tipo de hora, está en cómo calcular las horas extra y los recargos.
Cómo detectarlo en treinta segundos. Busca en tu nómina a quien tenga registrado un sueldo de exactamente $2.000.000. Es la huella típica de este error, porque 1.750.905 más 249.095 dan esa cifra. No es prueba de nada por sí sola, hay mucha gente que gana dos millones redondos de verdad, pero es el primer sitio donde mirar.
Dónde sí entra: cesantías y prima
Que no sea salario para las horas extra no significa que no cuente para nada. Aquí es donde más se equivoca la gente, en los dos sentidos, y por eso conviene la tabla completa:
| Concepto | ¿El auxilio entra en la base? |
|---|---|
| Horas extra y recargos | No |
| Seguridad social (salud y pensión) | No |
| Parafiscales | No |
| Cesantías | Sí |
| Intereses sobre las cesantías | Sí |
| Prima de servicios | Sí |
| Vacaciones | No |
Que las cesantías y la prima lo incluyan viene del artículo 7 de la Ley 1ª de 1963, que ordena tenerlo en cuenta para esas prestaciones. Las vacaciones quedan fuera por la misma lógica de siempre: quien está de vacaciones no se está desplazando al trabajo.
Si vas a liquidar un contrato y quieres ver estas cuentas resueltas con fechas reales, están en la calculadora de liquidación.
Cuándo no se paga
La regla es una sola y de ella salen todos los casos: el auxilio paga el desplazamiento. Si no lo hubo, no se causa.
- Vacaciones: no se paga, porque no hay traslado al trabajo.
- Incapacidad: no se paga, por lo mismo.
- Licencia, remunerada o no: no se paga.
- Teletrabajo desde casa: no se causa, porque no hay desplazamiento que auxiliar.
Y una excepción que sorprende a muchos: si la empresa presta el transporte, tampoco tiene que pagar el auxilio, porque ya está cubriendo el costo que este busca compensar.
Cómo se calcula por días
Si la persona trabajó el mes completo, recibe el auxilio completo: los $249.095, sin más cuentas.
Cuando no, se prorratea sobre el mes de 30 días que usa la nómina colombiana, igual que el salario. La fórmula es directa:
Auxilio del período = 249.095 / 30 x días con desplazamiento
Dos ejemplos, para que se vea qué cuenta y qué no:
| Caso | Días que cuentan | Auxilio |
|---|---|---|
| Mes completo | 30 | $249.095 |
| Entró el día 13 del mes | 18 | $149.457 |
| Trabajó 20 días y tuvo 10 de incapacidad | 20 | $166.063 |
Ojo con un detalle que cambia el resultado: los días que cuentan son aquellos en que la persona efectivamente se desplazó, no los días del calendario ni los que debía trabajar. Por eso la incapacidad del tercer ejemplo resta, aunque esté plenamente justificada.
Un trabajador con turnos rotativos que cumple todos los turnos que le corresponden en el mes recibe el auxilio completo, aunque su horario no sea de lunes a viernes. Lo que importa es que cubrió su jornada, no cómo quedó repartida.
Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de tu contador o tu abogado laboral, sobre todo si tu empresa tiene convenciones colectivas, pactos de salario integral o esquemas de transporte propio. Los valores citados corresponden a los decretos 1469 y 1470 de 2025, y están vigentes al 17 de septiembre de 2026. La naturaleza no salarial del auxilio viene de la Ley 15 de 1959 y su inclusión en cesantías y prima, del artículo 7 de la Ley 1ª de 1963.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el auxilio de transporte en 2026?
El auxilio de transporte para 2026 es de $249.095 mensuales, fijado por el Decreto 1470 de 2025. Junto con el salario mínimo de $1.750.905 suma exactamente $2.000.000.
¿Quién tiene derecho al auxilio de transporte en Colombia?
Lo recibe todo trabajador que devengue hasta dos salarios mínimos mensuales, es decir hasta $3.501.810 en 2026. Por encima de esa cifra no se causa, y no es proporcional: o se recibe completo o no se recibe.
¿El auxilio de transporte se suma al salario para calcular las horas extra?
No. El auxilio no es salario y no entra en la base para liquidar horas extra ni recargos, ni en seguridad social ni en parafiscales. Sumarlo al sueldo infla el valor de la hora un 14,2% sobre el mínimo, y ese porcentaje se multiplica en cada hora extra y cada recargo.
¿El auxilio de transporte entra en las cesantías y en la prima?
Sí. Por el artículo 7 de la Ley 1ª de 1963, el auxilio se incluye en la base de las cesantías, sus intereses y la prima de servicios. No entra en las vacaciones, porque durante ellas no hay desplazamiento al trabajo.
¿Se paga auxilio de transporte durante las vacaciones o una incapacidad?
No. El auxilio compensa el costo de ir y volver del trabajo, así que no se causa en vacaciones, incapacidad ni licencia, porque en esos días no hubo desplazamiento. Tampoco cuando la empresa presta el transporte.
¿Cómo se calcula el auxilio de transporte por días trabajados?
Se divide el valor mensual entre 30 y se multiplica por los días en que la persona efectivamente se desplazó. Con el valor de 2026: 249.095 dividido entre 30 da $8.303 por día. Quien trabajó 18 días recibe $149.457.
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Monté HoraPro porque lo necesitaba en mi propia empresa. Llevaba los permisos en Excel, vivía pendiente de si la gente llegaba a tiempo, y cada quincena terminaba sacando las cuentas a mano. En algún momento entendí que eso no se arreglaba con más disciplina, sino con una herramienta que me lo quitara de encima. Lo que salió de ahí es lo que hoy usan otras empresas colombianas con el mismo problema.
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